Gestión de la bonificación

Como ya sabe, las empresas disponen de un crédito para financiar la formación de sus trabajadores, cuyo importe se obtiene aplicando a la cuantía ingresada por cada empresa el año anterior —en concepto de cuota de formación profesional— el porcentaje que anualmente se establezca. Actualmente, regulan esta materia el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, y la Orden TAS/2307/2007, de 27 de julio. LEX NOVA quiere facilitarle el trabajo de tener que gestionar su propia bonificación y consumir su crédito antes de diciembre, evitando su pérdida. Para ello le facilitamos todos los trámites de gestión ante la Fundación Tripartita y nos encargamos de su posible bonificación.

Si desea conocer el crédito que le corresponde o ampliar esta información, sólo tiene que ponerse en contacto con nosotros en el teléfono: 983 45 70 38 o en nuestra dirección de correo electrónico: clientes@lexnova.es.

Con anterioridad al inicio de la acción formativa contactaremos con las empresas solicitándoles la documentación obligatoria e imprescindible para su alta en el grupo de bonificación, debidamente cumplimentada y firmada.

El trámite de recogida de la documentación y su posterior envío a Entidad Organizadora tiene una duración estimada de entre 7 y 15 días.

Documentación para la gestión de la bonificación